SEDH: desalojo en comunidad garífuna debía cumplir con garantías y estándares mínimos de DD. HH.

Tegucigalpa, Honduras (08.11.2022).- La Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos (SEDH), indicó a través de un comunicado que el desalojo realizado por las instancias judiciales en la comunidad garífuna de Punta Gorda debía cumplir con garantías y estándares mínimos de derechos humanos (DD. HH.).

“Manifestamos nuestra preocupación por el desalojo forzoso de la comunidad garífuna de Punta Gorda, establecida hace 225 años en ese mismo territorio, antes que Honduras fuera Estado independiente, por lo que les asisten derechos ancestrales, mismos que son reconocido por el Estado de Honduras mediante la ratificación del convenio 169 de la OIT”, indica la SEDH.

Enfatizó que, las y los defensoras/es del territorio están plenamente reconocidos por el Estado en la Ley de Protección a Defensoras y Defensores de DD. HH., periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia en su artículo No. 5., por lo que el Estado deviene obligado a su protección.

“El desalojo ordenado por instancias judiciales debió cumplir con las garantías y estándares mínimos de Derechos Humanos, que implican respetar los derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes, la garantía de reubicación y el no uso de la violencia. Instamos a la Secretaría de Seguridad y a los entes de seguridad del Estado a cumplir con los dichos lineamientos”, añade el documento.

Asimismo, afirma: “Responsabilizamos al Juzgado de Letras Departamental de Roatán, Islas de la Bahía, por actuar de forma contraria a los estándares internacionales de derechos humanos y en contraposición con su mandato de representar los intereses de la sociedad en su conjunto. La falta de acceso a la justicia ha creado una situación de impunidad de carácter estructural que tiene el efecto de perpetuar y, en ciertos casos, de favorecer la repetición de las graves violaciones a los derechos humanos”.

Como ente rector en DD. HH., la SEDH insta a la búsqueda de soluciones concertadas, no criminalizadoras, ni judicializadoras, de las personas defensoras de derechos humanos, cuyo rol es reconocido internacional y nacionalmente por las entidades e instituciones de derechos humanos.

“Instamos a que se liberen a los y las defensores detenidos por la defensa del territorio ancestral: Dorotea Eliza López, Richard Armando Martínez, Efraín Sánchez Gómez, Keyder Gonzales, Augusto Dolmo y Melissa Fabiola Martínez”, acotó.

Además, agregó: “Recordamos, desde nuestra función como promotores y garantes de la protección de los Derechos Humanos, que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”.

 

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