MP logra privación definitiva de vehículos utilizados para extorsionar en la capital

Tegucigalpa, Honduras (02.05.2023).- El Ministerio Público (MP) a través de la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) obtuvo tres condenas de extinción de dominio de bienes de origen ilícito ligados a maras y pandillas.

Se conoció que las organizaciones MS-13 y la pandilla 18 utilizaban los vehículos para cobrar extorsión a propietarios de negocios de diferentes rubros en la capital.

Sin embargo, agentes policiales decomisaron y posteriormente dieron un proceso de declaratoria de abandono sobre los bienes.

Los automotores, que a partir de ahora la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) traspasará al Estado, son:

  • 01 Ford Escape con placa HAZ-3849 año 2015,
  • 01 Toyota Tacoma con placa HAE-5404 año 2003,
  • 01 Hyundai Tucson con placa PDG3281 año 2012.

La fundamentación jurídica en la que basó la Fiscalía su planteamiento y sobre la que emitió fallo el juzgado de privación definitiva del dominio de bienes de origen ilícito corresponde a al artículo 11-A de la Ley sobre Privación de Dominio que establece que:

«Transcurridos treinta días de la comunicación a la que se refiere el artículo 35 de esta Ley, sin que ninguna persona haya reclamado la devolución de los bienes, productos o instrumentos incautados acreditándose ser su poseedor legítimo, la OABI con la aprobación del órgano jurisdiccional competente o el Ministerio Público en su caso, publicará por una sola vez en un diario escrito de circulación nacional el aviso de la incautación de dichos bienes, productos o instrumentos, con la advertencia de que si dentro del término de treinta días no se presentare ninguna persona reclamando su devolución y acreditando ser su propietaria, el órgano competente a petición de la OABI, lo declararán en situación de abandono».

Cabe destacar que, la Sección Contra el Delito de Lavado de Activos y Privación del Dominio (SCDLAPD) de la FESCCO consigue con regularidad declaratorias de situación de abandono contra bienes como vehículos terrestres, embarcaciones o aeronaves utilizadas por organizaciones criminales para diversos delitos.

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