Jari Dixon

Jari Dixon presentará propuesta al CN para derogar pago de prestaciones a altos funcionarios

Tegucigalpa, Honduras (11.10.2023).- El diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Jari Dixon Herrera, confirmó que propondrá al Congreso Nacional (CN) un proyecto de ley para la derogación del Decreto 107-2021.

Es importante señalar que, este decreto es el que permite el pago de las prestaciones a altos funcionarios del Estado.

«Se debe derogar el decreto que permite pago de prestaciones a altos funcionarios públicos, ese fue otro de los chistes de la narcodictadura», agregó.

El diputado señaló que, está moción nace del pago de prestaciones a los exfiscales del Ministerio Público.

“Si el pago de prestaciones laborales al señor exfiscal general Óscar Fernando Chinchilla es legal porque en el Ministerio Publivo han entrado en un proceso de histeria colectiva y han comenzado a investigar los responsables de dar la información.-algo huele mal”, detalló en su cuenta de X.

Es de mencionar que, en la administración pasada se dio una reforma y decreto, para que estos funcionarios pudieran gozar de ese tipo de beneficios.

El parlamentario divulgo las imágenes donde se muestra la solicitud de prestaciones al exfiscal Chinchilla.

Historia de Jari Dixon

Dixon en el 2022 junto a Mario Sorto, presentaron ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 107-2021, que le daba vida al pago de pre’ aciones a los altos funcionarios.

El escrito señalaba que la acción de inconstitucionalidad era en cuestión de fondo contra el artículo 129 del decreto 107-2021, porque violenta la justicia y los principios del régimen constitucional financiero y laboral.

El artículo 129 detalla: » A los servidores de la Administración Central que han laborado de forma consecutiva para el Estado se les concederá la indemnización conforme al beneficio que se les otorga a los empleados regidos por la Ley de Servicio Civil. Este beneficio también aplicará a aquellos servidores públicos que se desempeñen en cargos del servicio excluido».

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