Con el despliegue estratégico del Comando de Apoyo al Manejo de Ecosistemas y Ambiente, el Segundo Batallón de Protección Ambiental y la Policía Militar del Orden Público (PMOP), las Fuerzas Armadas ejecutaron un riguroso operativo en la comunidad de La Cumbre. La intervención en el sector de Río Cuero permitió a los uniformados patrullar la zona e identificar de primera mano las actividades ilícitas que están poniendo en riesgo el patrimonio natural de este municipio atlántico.
Durante las labores rutinarias de patrullaje y vigilancia en este municipio atlántico, los uniformados ubicaron el terreno afectado, donde verificaron daños severos a la flora local, incluyendo especies emblemáticas de la zona como San Juan, Guarumo e Indio Desnudo.
Asimismo, las autoridades determinaron que en el lugar se llevaba a cabo un cambio ilegal de uso de suelo con fines agrícolas, con el agravante de estar situado peligrosamente cerca del cauce del río Cuero, lo que vulnera la estabilidad del ecosistema ribereño.
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Tras el hallazgo, los equipos operativos documentaron la escena para iniciar con las investigaciones pertinentes orientadas a identificar a los responsables de esta actividad ilícita que lacera las áreas protegidas del país.
Las Fuerzas Armadas continúan desarrollando operaciones de vigilancia y protección de los recursos naturales, contribuyendo a la conservación de los ecosistemas y el resguardo de las áreas protegidas.

El delito por deforestación o tala ilegal constituye una infracción penal tipificada en las legislaciones ambientales que sanciona el daño grave, corte no autorizado, destrucción o aprovechamiento ilícito de los recursos forestales. El delito por deforestación o tala ilegal constituye una infracción penal tipificada en las legislaciones ambientales que sanciona el daño grave, corte no autorizado, destrucción o aprovechamiento ilícito de los recursos forestales.
Marco legal y sanciones
• Acciones punibles: Incluyen la tala de árboles sin licencia, el tráfico ilícito de madera, la quema ilegal de bosques y la destrucción de áreas protegidas.
• Consecuencias penales: Las penas varían según la gravedad del daño e incluyen multas económicas significativas y privación de libertad, que comúnmente oscilan entre los 2 y 12 años de prisión, dependiendo del país y las agravantes.





