El Congreso Nacional (CN) aprobó una reforma que permitirá destinar anticipadamente dinero incautado a personas o empresas bajo investigación para financiar a instituciones de seguridad y justicia en Honduras, sin esperar a que los procesos judiciales concluyan con una sentencia definitiva.

La medida busca fortalecer las capacidades de la Policía Nacional (PN), la Policía Militar del Orden Público (PMOP), el Ministerio Público (MP) y otras entidades, mediante recursos que actualmente administra la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI).

¿Cómo se distribuirá el dinero incautado?

En concreto, la reforma establece que el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad podrá autorizar el uso anticipado de hasta el 100 % del dinero incautado bajo administración de la OABI, siempre que justifique la decisión y cumpla los requisitos legales.

De acuerdo con la distribución contemplada en el decreto, la Secretaría de Defensa recibirá el 25 % y la Secretaría de Seguridad otro 25 %. Por su parte, el MP y el Poder Judicial tendrán un 15 % cada uno, mientras que la OABI contará con el 10 %.

La Policía Nacional figura entre las instituciones que podrían recibir recursos procedentes de dinero incautado, previa autorización conforme a la reforma.
La Policía Nacional figura entre las instituciones que podrían recibir recursos procedentes de dinero incautado, previa autorización conforme a la reforma. · Foto: PN.

Asimismo, el 10 % restante se dividirá en partes iguales entre la Dirección Nacional de Inteligencia e Investigación y la Agencia Nacional contra el Crimen.

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Al explicar la finalidad de la reforma, el presidente del CN, Tomás Zambrano, afirmó que se busca reforzar el presupuesto de las instituciones responsables de enfrentar la delincuencia.

“Lo que se busca es darle mayor respaldo presupuestario a la Policía Nacional, a la Policía Militar, a la Agencia Nacional contra el Crimen, a la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio Público y a la misma OABI”, expresó.

¿Qué pasa si la justicia ordena devolver el dinero?

Sin embargo, el uso anticipado de estos recursos no significa que el Estado haya adquirido definitivamente su propiedad ni que exista una resolución judicial firme sobre su destino.

Por esa razón, la reforma establece que, si una resolución favorece a la persona o empresa afectada y determina que tiene derecho a recuperar el dinero, el Estado deberá devolverle los recursos conforme a las condiciones legales, incluidos los intereses que correspondan.

“En este decreto queda Finanzas como aval y se le establece un plazo para devolverle el dinero a ese ciudadano, con los intereses que la misma ley establece”, explicó Zambrano.

¿Qué controles establece la reforma?

Además, el decreto dispone que el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad tendrá 60 días hábiles, contados desde la entrada en vigor de la norma, para aprobar las reglas sobre solicitudes, distribución, utilización y control de los fondos.

De igual manera, cualquier uso de los recursos que incumpla las disposiciones legales podrá quedar sin efecto y generar responsabilidades administrativas, civiles o penales.

La OABI administra los bienes incautados cuyos recursos podrán destinarse anticipadamente a instituciones estatales bajo las condicione en la reforma.
La OABI administra los bienes incautados cuyos recursos podrán destinarse anticipadamente a instituciones estatales bajo las condiciones de la reforma. · Foto: Cortesía.

Finalmente, la reforma busca que las instituciones dispongan de recursos mientras avanzan los procesos judiciales. Su aplicación deberá ajustarse a los controles establecidos y a las garantías que protegen los derechos de las personas cuyos bienes permanecen incautados.