¿Qué deberán presentar los aspirantes a magistrados de la CSJ ante la Junta Nominadora?

Tegucigalpa, Honduras (01.10.2022).- La Junta Nominadora (JN) que seleccionará a los candidatos a magistrados a la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ) para el periodo 2023-2030 presentó el listado preliminar de documentos que se solicitarán a los postulantes.

 

A través de sus redes sociales, la JN dio a conocer los requisitos que deberán presentar los postulantes para formar parte del próximo pleno de magistrados del Poder Judicial.

 

Asimismo, el listado incluye apartados referentes a información financiera, patrimonial y fiscal, sobre ausencia de denuncias, procesos administrativos, penal, disciplinarios, entre otros.

 

Documentos a presentar

 

1. Solicitud de postulación según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.

2. Hoja de vida de postulante, según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.

3. Certificación del acta de nacimiento del Registro Nacional de las Personas (RNP).

4. Copia fotostática del Documento Nacional de Identificación (DNI).

 

Condición de salud, información profesional y académica

 

5. Copia fotostática autenticada de los títulos de los grados académicos obtenidos (licenciatura, especialidad, maestría, doctorado, post doctorado), los cuales en los casos de ser extranjeros deben ir debidamente apostillados.

6. Copia fotostática autenticada del título de Exequátur de Notario.

7. Constancia con fecha de incorporación emitida por el Colegio de Abogados de Honduras. Según sea el caso deben presentar:

 

-Constancia del Poder Judicial que indique el cargo, las funciones y el tiempo en el cual se ha desempeñado, para acreditar la titularidad de un órgano jurisdiccional durante cinco años.

 

-Constancias de haber ejercido la profesión durante diez años, en cualquiera de los diferentes órganos jurisdiccionales del país.

 

-Constancia que demuestre el cargo y tiempo, emitidas por las instituciones públicas o privadas en las que se han desempeñado funciones legales, o instancias administrativas ante las que se ha comparecido, para acreditar el ejercicio de la profesión durante diez años.

 

Información financiera, patrimonial y fiscal

 

8. Declaración patrimonial sobre sus bienes, derechos, posesorios y cuentas bancarias según el formulario elaborado por la Junta Nominadora

9. Constancia de no ser concesionario del Estado de Honduras y de no haber sido representante legal de algún concesionario del Estado de Honduras por parte de la Superintendencia de Alianza Público Privado (SAAP)

10. Constancia de no ser proveedor o contratista del Estado por parte de la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE).

11. Constancias de no tener cuentas pendientes con el Estado de Honduras por parte del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

12. Constancia de ser: 1. Contribuyente y 2. No tener ninguna obligación fiscal pendiente y/o vencida con el Estado de Honduras emitida por el Servicio de Administración de Rentas (SAR).

13. Solvencia municipal de 2022 de la Alcaldía, donde reside la persona postulante.

Información sobre ausencia de denuncias, procesos administrativos, penal, disciplinarios u otros

 

14. Constancia de la Contraloría del Notariado de estar activo, solvente y carecer de sanción o de haber sido sancionado en el ejercicio del notariado.

15. Constancia de solvencia emitida por el Colegio de Abogados de Honduras.

16. Constancia de no haber sido sancionado o suspendido por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y no tener procesos pendientes en ese Tribunal.

17. Constancia de no haber sido sancionado por faltas graves en los órganos disciplinarios de las instituciones u organizaciones en las que haya trabajado (según sea procedente).

18. Constancia de no tener queja por violaciones a derechos humanos con responsabilidad ante el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras (Conadeh).

19. Constancia de no haber sido condenado con sentencia firme en los Juzgados de Violencia Doméstica y de Familia por incumplimiento de deudas alimentarias.

20. Constancia de no tener antecedentes penales.

21. Constancia de no tener antecedentes policiales.

22. Declaración jurada debidamente autenticada de no encontrarse comprendidos dentro de las inhabilidades contenidas en los artículos 225 y 310 de la Constitución de la República, del artículo 15 de la Ley Especial de la Junta Nominadora y de no ser parientes de la persona titular de la Presidencia de la República, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad según el formulario elaborado por la Junta Nominadora.

 

Los nominadores tienen hasta el 15 de enero de 2023 para presentar al Congreso una lista de 45 candidatos y de esta nómina el Legislativo elegirá a los próximos 15 magistrados del Poder Judicial.

Comparte esta publicación

Los comentarios están cerrados.