Tegucigalpa, Honduras (04.12.2023). – Como parte de las diligencias ordenadas por el Juzgado de Ejecución Penal de los Tribunales de San Pedro Sula, en la cárcel de llama, Santa Bárbara, más conocida como ‘El Pozo», se iniciaron trabajos de readecuación de espacios y mejora de las condiciones de encarcelamiento de las mujeres ahí privadas de libertad.
Las autoridades penitenciarias junto con el Consejo Técnico comenzó a cumplir con la resolución judicial para readecuar el módulo para albergar a las privadas de libertad y ahí se instalaron pilas para que las mujeres puedan lavar su ropa, además duchas con la debida privacidad, y se instalaron también ventiladores y un televisor. Adicionalmente se les dotó de utensilios de uso personal.
También fue readecuado un espacio de atención médica para la mujer, el cual cuenta con un ultrasonido, una silla ginecológica así como utensilios para su revisión y medicamentos y se nombró para la atención a una ginecóloga.
Asimismo, se equipó el centro penal con personal de seguridad femenino, así como una sub directora encargada del módulo de mujeres.
La coordinadora del Juzgado de Ejecución, Marisa Burgos destacó que las autoridades del Instituto Nacional Penitenciario (INP), iniciaron el cumplimiento de lo ordenado por el órgano jurisdiccional.
«En el marco del cumplimiento de mis funciones y atribuciones como Jueza de Ejecución, vigilamos para garantizar los derechos humanos de las personas privadas de libertad en especial de los grupos más vulnerable», manifestó Burgos.
Luego del traslado realizado por el Instituto Nacional Penitenciario en septiembre reciente de 20 mujeres desde la Penitenciaria Femenina de Támara al Centro Penal de llama, el Juzgado de Ejecución de San Pedro Sula, emitió la resolución fon enfoque de género debido a que las instalaciones del Centro Penal de llama debe contar con un espacio digno apto para albergar a las mujeres privadas de libertad.
La coordinadora del Juzgado de Ejecución manifestó tuvo que sopesar y decidir entre dos bienes jurídicos como la vida o la seguridad de las privadas de libertad, prevaleciendo la vida de estas mujeres por lo que procedió en septiembre a emitir una resolución haciendo ver a la autoridad penitenciaria que debía cumplir con lo ordenado.
En lo ordenado se encuentra enmarcado: «Proporcionar a las mujeres privadas de libertad atención de salud física y mental apropiada a su edad y condiciones particulares, incluyendo las instalaciones necesarias para proporcionarles dicha atención, disponer de un área de servicios de salud reproductiva para atender de manera apropiada y efectiva a las mujeres en todos los ciclos de su vida».
La jueza recordó a las autoridades penitenciarias que se presenta una marcada escasez de programas de reinserción social lo cual limita el desarrollo de nuevas habilidades. Lo anterior resulta en que las mujeres liberadas se enfrenten a múltiples dificultades en el proceso de transición entre la vida en la cárcel y la vida en el exterior.
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