Tegucigalpa, Honduras (24.07.2024).- El Poder Judicial de Honduras, con el fin de garantizar el debido proceso y las garantías correspondientes en relación a la causa que involucra al ciudadano estadounidense, Gilbert Reyes Bermúdez, tomó medidas en base a lo anterior para la celebración de la audiencia de Declaración de Imputado.
Audiencia en modalidad virtual
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), detalló que para la audiencia inicial, la de Declaración de Imputados, se decidió realizarla de manera virtual con conexión desde su sede en Tegucigalpa con el Juzgado de Letras Departamental de Roatán, Islas de la Bahía.
Que la Audiencia de Declaración de Imputado para el señalado Gilbert Reyes Bermúdez, a quien el ente acusador del Estado supone responsable de los delitos de Femicidio Agravado en perjuicio de Dione Beatriz Solórzano Dixon y dos delitos de Asesinato en concurso real en perjuicio de Nikendra La Shan Mccoy y María Antonia Cruz Avila, se realizará este día por razones de seguridad mediante la modalidad virtual, desde una conexión generada desde las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia en Tegucigalpa con el Juzgado de Letras Departamental de Roatán, Islas de la Bahía.
La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Penal, y desde la Presidencia del Poder Judicial, ha impulsado las acciones a fin de que se proporcionen las garantías necesarias para la realización de un debido proceso, así como para garantizar la integridad física del imputado.
Asimismo, la CSJ, aseguró continuar su papel de garante de derechos y velar por el cumplimiento ineludible de los tratados y convenios internacionales durante todo el proceso judicial contra el estadounidense.
De igual manera, para las siguientes etapas del proceso, continuaremos ejerciendo nuestro papel de garantes a fin de que se aplique la Justicia en forma objetiva e imparcial.
Asimismo, velar por el cumplimiento ineludible de los tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado de Honduras a fin de que el señor Gilbert Reyes Bermúdez sea sometido al proceso penal únicamente por los delitos que motivaron el proceso de extradición.
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