Tegucigalpa, Honduras.- La reforma que maneja el Congreso Nacional (CN), con respecto a la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), estipula que personas no son facultadas para integrar la Junta Nominadora.
Estas personas no podrán formar parte de la comitiva:
• Familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Presidente de la República, diputados al Congreso Nacional y personal jurisdiccional del Poder Judicial.
• Quienes al momento de su designación tengan contratos incumplidos con el Estado o sean deudores morosos de la Hacienda Pública.
• Individuos que sean parte en litigios judiciales activos por distintos crímenes, incluyendo quienes ejerzan o hayan ejercido la representación legal de las personas imputadas.
• Miembros directivos de partidos políticos u ostenten al momento de su designación cargos públicos de elección directa.
• Quienes sean legalmente incapaces.
Lo anterior, corresponde al proyecto de ley que se formula en el Congreso Nacional para regular la potestad de la junta en la propuesta y elección de candidatos para conformar la palestra del Poder Judicial en el periodo 2023-2030.
Actualmente, con la Ley Orgánica de la Junta Nominadora se establece que siete sectores proponen a los candidatos que esta comitiva presenta ante el Poder Legislativo para decidir a los nuevos magistrados de la CSJ.
Con esta iniciativa, se busca que las personas interesadas en ingresar a la palestra puedan auto proponerse y que el trabajo de la junta sería de calificar a los aspirantes.
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