Tegucigalpa, Honduras (30.05.2024).- El Congreso Nacional de Honduras, en su sesión ordinaria número 22, aprobó el artículo #4, el cual ordena al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), redefinir límites de zona de reserva de El Merendón priorizando su ampliación, especialmente en el sector del cerro Will.
Ante estas acciones positivas del Congreso del Pueblo, el titular de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (Serna), Lucky Medina, tildó de justicia para los pobladores de la zona norte del país.
«Justicia para Merendón y el pueblo sampedrano. Hoy, el @Congreso_HND ha restablecido los límites originales del área protegida que es pulmón de la capital industrial. No más residenciales ni explotación en sus montañas. No más repartición del país», apuntó el funcionario.
Además, el Poder Legislativo también aprobó de manera unánime, tomar medidas para la restauración de las áreas afectadas durante la vigencia del Decreto Legislativo 334-2013.
De tal forma, se ordenó al ICF, Serna y a las diversas municipalidades involucradas para que procedan a tomar las medidas para la restauración de las áreas afectadas durante la vigencia del decreto antes mencionado.
Reformas realizadas por el Congreso Nacional
Por otra parte, se reforman los artículos 324, 325, 327 y adicionar el artículo 337-A del Código Penal, contenido en el Decreto 130-2017, aprobado el 18 de enero de 2018 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 10 de mayo de 2019 edición número 34,940.
Dicha reforma tiene como objetivo aumentar las penas establecidas en los delitos por la contaminación del aire, las aguas o los suelos.
Asimismo, de la explotación ilegal de recursos naturales e incendios forestales, y además adicionar un artículo sobre la responsabilidad de las personas jurídicas sobre los actos cometidos en contra del medio ambiente.
Todo esto con el fin de mejorar la protección y mejoramiento al medio ambiente como una cuestión fundamental para remediar los irreparables daños causados por los seres humanos.
En ese sentido, se prohíbe el cambio de uso de suelo en áreas de bosque en donde los terrenos resulten afectados por efecto de plagas, enfermedades forestales, fenómenos naturales, o de incendios forestales cuyo origen se desconozca o sea provocado de manera intencional u otras causas de degradación o deforestación, en un plazo de 50 años a partir de la fecha del incendio o afectación del bosque.
Por lo tanto, esta prohibición está dirigida toda la clase de lotificación habitacional, residencial, comunal, Y cualquier otro tipo de construcción incluyendo instalaciones comerciales e industriales así como para Actividades mineras, agrícolas ganaderas y otras actividades productivas.
«El @ICFHonduras, la @sernaHN y las corporaciones municipales deben asegurarse del cumplimiento de lo establecido en el presente decreto, sin perjuicio de la responsabilidad penal que el mismo conlleve para quien lo incumpla», detalló el CN.
Por otra parte, el Poder Legislativo detalló: «Se ordena al @ICFHonduras, crear una base de datos que contenga la información completa de aquellas áreas afectadas por plagas, enfermedades forestales, actividad y explotación minera, fenómenos naturales, incendios forestales u otras causas de degradación y deforestación».
Esta base de datos debe ser tomada en cuenta para la toma de decisiones administrativas y judiciales que las autoridades correspondientes deberán realizar.
Acciones del MP
El Ministerio Público (MP) a través de la Fiscalía Especial del Medio Ambiente y en coordinación con el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, ICF, deben crear los mecanismos, procedimientos o protocolos de actuación inmediata para realizar las medidas neutralizadoras, desalojos, evacuaciones y todas las actividades tendientes.
Esto para evitar daños por deforestación de las áreas forestales, especialmente en áreas protegidas y aquellas áreas forestales productoras de agua, de importancia para la vida silvestre.
«Para tal fin, la Fuerza de Tarea Interinstitucional Contra el Delito Ambiental (FTIA), conformada por el @MP_Honduras, la @PGRHonduras y las @FFAAHN, y que será coordinada por el @ICFHonduras , queda plenamente facultada para que dentro del marco de la ley y el respeto a los Derechos Humanos, realice las acciones de neutralización de aquellas actividades prohibidas, cuya actuación será de forma inmediata, procediendo a frenar las actividades de deforestación o cambio de uso de suelo y procediendo a la restauración de áreas afectadas», concluyó el CN.
El presente decreto es vigente a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
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