Tegucigalpa, Honduras (04.09.2023). – El congreso Nacional (CN), informó a través de un comunicado que el período para el que fueron electos las exautoridades del Ministerio Público (MP) ya caducó al haber cumplido cinco años e intentar prolongar dicho término implica responsabilidad penal.
El escrito detalla que la nota de una supuesta renuncia de fecha 31 de agosto del 2023 que el Ex Fiscal General Adjunto entregó a la Secretaría General del Congreso Nacional el 1 de septiembre del 2023, es extemporánea, carece de destinatario legal y no se le puede dar trámite con base a las siguientes consideraciones:
PRIMERO: La nota presentada de la supuesta renuncia por el Ex Fiscal General Adjunto Daniel Arturo Sibrian Bueso el 1 de septiembre del 2023 no cumple con los requisitos mínimos o básicos de un escrito formal, es decir, que está mal presentada.
SEGUNDO: El ciudadano Daniel Arturo Sibrian Bueso, ha perdido totalmente la investidura de Fiscal General Adjunto, ha perdido toda confianza y credibilidad del pueblo hondureño, debido a que el ex Fiscal General así como también, el ex Fiscal General Adjunto por acción u omisión, apoyaron, encubrieron y reiteraron las violaciones a los artículos pétreos de la Constitución con relación a la relección presidencial, a las ex ZEDES proyecto que al margen de la Constitución, impulsó, promovió y orquestó el extraditado Juan Orlando Hernández del Partido Nacional, a los fraudes electorales y, a la puesta en vigencia del Código Penal de la impunidad en un estado de excepción encontrándose suspendidas garantías y derechos constitucionales, entre otros permitieron que se generara, incluso al día de hoy, la grave corrupción e impunidad que innegablemente causaron estas estructuras del crimen organizado y narcotráfico.
Todas estas violaciones sólo se pudieron perpetrar porque el Ministerio Público es la única autoridad que tiene por ley a su cargo la investigación criminal y el monopolio de la acción penal. Por lo tanto, se vuelve un contra sentido que una persona que ha violentado de tal manera la Constitución y las leyes pretenda continuar investigando, acusando, enjuiciando y procesando a las personas, cuando estos Fiscales han cometido graves violaciones a todos los hondureños y al Estado de Honduras.
TERCERO: El periodo para el que fueron electos ya caducó al haber cumplido 5 años e intentar prolongar dicho término implica responsabilidad penal.
Lo anterior se fundamenta de conformidad con los artículos 1, 2, 4, 233, 320 y 321 al 327 de la Constitución de la República, y el artículo 500, párrafo tercero del Código Penal.
«Seguiremos buscando los consensos necesarios para elegir a un nuevo Fiscal General de la República y Fiscal General Adjunto en el marco de la Constitución y las Leyes», señala el documento.
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