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Venezuela rechaza fallo de la CIJ sobre elecciones en la Guayana Esequiba

Tegucigalpa, Honduras (02.05.2025). – En el documento emitido por la cancillería venezolana, el cual fue compartido por la vicepresidenta Ejecutiva de ese país suramericano, Delcy Rodríguez, a través de sus redes sociales, se recalcó que el Gobierno Bolivariano «no reconoce ni reconocerá jamás ni la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia ni acatará decisión alguna que emane de ésta para dirimir la controversia territorial en torno a la Guayana Esequiba», en un proceso que calificó de «amañado desde su inicio y manipulado por intereses corporativos antivenezolanos que nada tienen que ver con la justicia»

 

 

 

 

En el texto, además se reafirmó que la controversia territorial está regida por el Acuerdo de Ginebra de 1966, «instrumento jurídicamente vinculante que estableció la obligación de las partes de resolver la controversia territorial mediante un arreglo práctico y mutuamente aceptable».

El Gobierno venezolano recordó además por medio de este escrito que «nada en el derecho internacional permite a la Corte Internacional de Justicia inmiscuirse en asuntos que son exclusividad del derecho interno de Venezuela, ni pretender prohibir un acto soberano, organizado en el marco de su sistema político participativo y con base en su Constitución y legislación nacional».

 

 

 

El pronunciamiento de Venezuela se produce en respuesta a el organismo judicial internacional, tras «ordenar» a Venezuela abstenerse de celebrar o preparar elecciones en la región del Esequibo, en disputa con Guyana, esto en relación a los comicios regionales previsto en la Guayana Esequiba para el 25 de mayo.

 

 

 

 

El Gobierno de Venezuela ha ratificado en reiteradas ocasiones su sólido compromiso de defender la integridad territorial y la soberanía nacional sobre la Guayana Esequiba. Asimismo ha hecho llamados a la República Cooperativa de Guyana a regresar a la mesa de negociación para hacer efectivo del arreglo práctico, aceptable y satisfactorio para ambas partes al que se comprometieron en el Acuerdo de Ginebra de 1966.

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