Tegucigalpa, Honduras (30.09.2022).- La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) a través de la Dirección de Adulto Mayor, emitió un comunicado en donde aclara que ningún empleado o funcionario del Estado está autorizado a recibir alguna remuneración, o realizar cobros por algún tipo de servicio, trámite o gestión que necesiten las organizaciones de protección y cuidado a los adultos mayores.
En el escrito se señala »que en cumplimiento de los deberes legales que ordena la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados, en la sección ll, sobre Descuento al Pago de Servicios, en el Artículo 31, numeral 5, donde establece que; los asilos, centros, hogares o casas de ancianos del Estado o aquellos que fueren sostenidos por entidades de carácter privado sin fines de lucro gozarán de un descuento del 50 % en el pago de la factura mensual por servicios telefónicos, tele fonogramas, fax, servicios de televisión por cable, y otros similares prestados por empresas estatales, privadas o de capital mixto».
Al mismo tiempo, se indica que dichas organizaciones también quedan exentas del pago total de los servicios de agua potable, energía eléctrica, tren de aseo y del impuesto sobre bienes inmuebles, siempre y cuando este último fuera de su propiedad.
Finalmente, se menciona que en caso de que lo anterior sea requerido, será la Sedesol a través de la Dirección del Adulto Mayor el que brinde la orientación necesaria para cualquier trámite.
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