centros de votación

Más de 2,6000 efectivos de las FF. AA garantizarán seguridad en los 5,741 centros de votación

Tegucigalpa, Honduras (26.02.2025).- El portavoz de la Fuerzas Armadas de Honduras (FF. AA.), Mario Rivera, confirmó que la institución castrense pondrá a disposición más de 26,000 efectivos para garantizar seguridad en los 5,741 centros de votación a nivel nacional.

Asimismo, detalló que, al inicio de la próxima semana se realizará el traslado del material electoral a los 18 departamentos del país.

«En ese sentido podemos informar al inicio de la próxima semana se estará realizando el traslado del material electoral a los 18 departamentos del país. También las Fuerzas Armadas estarán brindando seguridad en los 5,741 centros de votación»

Rivera amplió que las acciones de la FF. AA. son en cumplimiento al mandato constitucional de garantizar el libre ejercicio de sufragio, la custodia, transporte y vigilancia del material electoral, «el personal de las Fuerzas Armadas está listo, está preparado para el cumplimiento de esta misión».

Es de recordar que estas acciones, responden al cumplimiento de los artículos 272 y 274 de la Constitución de la República.

Es importante mencionar que el articulo 272 de la Constitución de la República detalla:

«Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante. Se Instituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el imperio de la Constitución, los principios del libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República. Cooperarán con la Policía Nacional en la Conservación del orden público. A efecto de garantizar el libre ejercicio del sufragio, la custodia, transporte y vigilancia de los materiales electorales y demás aspectos de la seguridad del proceso, el Presidente de la República, pondrá a las Fuerzas Armadas a disposición del Tribunal Supremo Electoral, desde un (1) mes antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas.  (Modificado por Decreto 136/1995 y ratificado por Decreto 229/1996. Modificado por Decreto 245/1998 y ratificado por Decreto 2/1999)»

Asimismo, el artículo 274 puntualiza que, «las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria».

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