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Rodolfo Pastor sobre intervención a BELCO: se actúa conforme a ley en defensa de los ciudadanos

Tegucigalpa, Honduras (17.05.2024).- El secretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor de Maria, se refirió este viernes a la intervención realizada por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), sobre el operador denominado Bonacco Electric Company S. A. de C. V. (BELCO), distribuidor del servicio eléctrico en Guanaja, Islas de la Bahía.

Pastor de Maria expresó a través de su cuenta de X: «Se actúa conforme a ley, para defender los derechos de los ciudadan@s de Guanaja y luchar contra la impunidad que ha permitido que dicha empresa opere sin los debidos permisos y abusando de la comunidad con mala calidad de servicios y costos por encima de lo que marca el mercado».

Problemática denunciada por los ciudadanos

Debido a las múltiples quejas del servicio, en el años 2022 se hizo un estudio técnico, en el cual no solo se deriva el mal servicio, sino que también no cuentan con los permisos correspondientes para operar por lo cual dictamina una intervención del Estado.

Resulta indispensable el cumplimento de las condiciones establecidas en los artículos 6 y 7 de la Ley General de la Industria Eléctrica (LGIE).

Se determinó que la empresa que actualmente opera en la isla lo hace de hecho, ya que no cuenta con una concesión o licencia de operación, también lo es la necesidad de exigir a las empresas operadoras un servicio eléctrico conforme con las exigencias de la normativa vigente.

Como parte del proceso de inspección en la Isla de Guanaja se prepararon distintos informes que contienen los hallazgos, resultados y conclusiones del proceso de inspección.

A continuación, se citan textualmente las porciones de estos informes que demuestran la existencia de una de las causales de intervención establecidas en el artículo 8 de la LGIE, en particular, se destaca de cada informe lo siguiente:

Informe de la red de distribución

“Se identificó que existe una gestión irregular e imputable del suministro eléctrico brindado por la empresa debido a: Los daños (principalmente por corrosión) y las fallas en el diseño y construcción de la red de distribución…”

“La red de distribución no cuenta equipos de reconexión por lo que el tiempo de respuesta para las fallas es tardío. Asimismo, no se cuenta con un diseño de red versátil que permita la conmutación ágil de los circuitos, dando lugar a interrupciones del suministro a los usuarios”.

“Se determinó que el porcentaje total de la potencia instalada por fase no está equilibrado, por tanto, esto ocasiona un detrimento a los transformadores acortando la vida útil de los mismos, sobrecalentamiento en las líneas primarias, asimismo, afecta a la fuente principal… provocando en cualquier momento una paralización del suministro eléctrico”.

Informe de Generación

“… se identifica que la falta de recursos financieros de la empresa podría comprometer la operatividad de la generación y consecuentemente dar lugar a la paralización e interrupción del suministro eléctrico”.

“No se cuenta con un plan de muestreo del combustible suministrado a los tanques de almacenamiento primario para verificar su calidad, lo que podría generar daños a los componentes de combustión de los generadores y lo que podría ocasionar paralización e interrupciones del suministro eléctrico en la isla”.

20 “El generador … es una maquina con 22 años de operación, con dos overhaul, alcanzando la vida útil de sus componentes de combustión al 50 %, la falta de una planificación de mantenimiento preventivo incrementa el riesgo de una paralización de operaciones”.

“Los tableros de instrumentación de los generadores … se encuentran dañados lo cual no permite monitorear los parámetros de salida hacia las cabinas de baja tensión, ocasionando una gestión irregular de los datos documentados en las bitácoras de producción”.

Informe comercial

“Se identificó un desconocimiento e incumplimiento de la regulación vigente imputable a la empresa distribuidora respecto de los procesos de gestión comercial y atención al usuario, en particular, de los procedimientos y lineamientos establecidos en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Reglamento de Servicio Eléctrico de Distribución y la Norma Técnica de Calidad de la Distribución”.

“Se identificaron situaciones irregulares por parte de la empresa distribuidora, consecuencia de la inexistencia de un proceso comercial adecuado para brindar un servicio de calidad al usuario dado que no se guarda ningún tipo de registro de dichos procesos…”

“Se constataron interrupciones en el servicio eléctrico de frecuencia diaria lo que genera una gran inconformidad en los usuarios debido no solo a las pérdidas económicas que les genera, sino que también les afecta en su calidad de vida, esta afectación es tanto a las familias como a las empresas en la zona …”

Luego de analizar las conclusiones presentadas en los informes técnicos, se observa que existe, al menos una causal de intervención de la empresa inspeccionada, en particular la que establece el artículo 8, literal B, romano II de la LGIE que dice que, dará lugar a la intervención: “la gestión irregular de la actividad, cuando le sea imputable y pueda dar lugar a su paralización con interrupción del suministro a los usuarios”.

El año pasado, a inicios del mes de diciembre, la UTCD tenía previsto junto a la ENEE tomar la administración, pero por temas legales, capacidad de generación y administración no se realizó dicha intervención.

En este momento 14 de mayo del presente esta una comisión en la isla de Guanaja realizando una revisión de la información de la red, clientes, procesos, bienes etc para poder iniciar la intervención.

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