La Comisión especial designada por el presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, emitió un dictamen favorable a la iniciativa orientada a aprobar el Decreto Especial de Régimen Transitorio y Excepcional de Quórum Mínimo de Funcionamiento del Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE).
La comisión determinó que la propuesta tiene como objetivo garantizar la continuidad operativa y administrativa del CNE ante circunstancias excepcionales derivadas de la imposibilidad temporal de integración plena de sus miembros propietarios.
Con ese régimen transitorio se evitará la paralización de un órgano esencial para la estabilidad democrática y el funcionamiento del sistema representativo del Estado.
Asimismo, se destacó que el proyecto incorpora un carácter temporal, excepcional y restrictivo, delimitando expresamente que este mecanismo no podrá utilizarse para decisiones relacionadas con:
- Declaratorias de resultados,
- Nulidades electorales o
- Actuaciones vinculadas con la movilización, traslado o destrucción de material electoral.

Fotos: Emilio Flores
La comisión señaló que la iniciativa encuentra sustento en los artículos 51 y 52 de la Constitución de la República y en la Ley Electoral, precisando que no se altera la integración constitucional del CNE, sino que únicamente se habilita de forma temporal el ejercicio funcional de las suplencias ya contempladas en la legislación vigente.
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Análisis técnico al régimen excepcional del CNE
Como resultado del análisis técnico, constitucional y legislativo, la comisión incorporó modificaciones específicas a los artículos 3 y 4 del proyecto con el propósito de fortalecer la seguridad jurídica del decreto y delimitar con mayor precisión el alcance del régimen excepcional.
En relación con el artículo 3, la Comisión estableció que el pleno del CNE únicamente podrá sesionar para la toma de decisiones de carácter administrativo propias del órgano electoral, excluyendo cualquier actuación que pueda incidir en la cadena de custodia, seguridad o integridad del material electoral.

Fotos: Emilio Flores
La comisión consideró que esta precisión fortalece los principios de transparencia, imparcialidad, legalidad y certeza electoral, evitando interpretaciones amplias que pudieran desnaturalizar el carácter temporal y restrictivo de la medida propuesta.
Respecto al artículo 4, se definieron de manera más clara las causas automáticas de cesación del régimen excepcional, estableciendo que éste finalizará al restablecerse la integración total de los consejeros del CNE o al vencimiento de la vigencia del decreto.
Continuidad institucional
La comisión dictaminadora concluyó que la iniciativa persigue una finalidad legítima de interés público orientada a preservar la continuidad institucional de un órgano constitucional fundamental para el sistema democrático hondureño.
Asimismo, se consideró que las delimitaciones incorporadas permiten armonizar adecuadamente el proyecto con los principios de temporalidad, proporcionalidad, continuidad administrativa y supremacía constitucional.
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